Documenta Catholica Omnia
Non nobis, Domine, non nobis, sed nomini tuo da gloriam


Index Verborum:     conjura


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Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos a un Religioso para Alcanzar la Perfecion

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos copiados por Magdalena del Espiritu Santo

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos por la Madre Maria de Jesus

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos procedentes de Antequera

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos recogidos por la edicion de Gerona

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico Espiritual A

§ 28.1

Prosigue el Esposo y da a entender en estas dos canciones cómo por medio de las amenas liras (que aquí significan la suavidad de que goza ordinariamente en este estado) y también en el canto de sirenas (que significa el deleite que en el alma siempre tiene) acaba de poner fin y remate a todas las operaciones y pasiones del alma que antes la eran algún impedimento y sinsabor para el pacífico gusto y suavidad, las cuales dice aquí que son las digresiones de la fantasía e imaginativa, las cuales conjura que cesen; y también pone en razón a las dos potencias naturales, que son irascible y concupiscible, que antes algún tanto la afligían.

§ 28.2

A las cuales dice el Esposo que las conjura por las amenas liras, etc., esto es, que pues ya la suavidad y deleite del alma es tan abundante y frecuente y fuerte que ellas no lo podían impedir, como antes solían, por no haber llegado a tanto que cesen sus inquietos vuelos, ímpetus y excesos.

§ 28.4

Y es de notar que no conjura el Esposo aquí a la ira y concupiscencia, porque estas potencias nunca en el alma faltan, sino a los molestos y desordenados actos de ellas, significados por los leones, ciervos, gamos saltadores, porque éstos en este estado es necesario que falten.

§ 28.5

A todos estos actos excesivos de lo justo conjura también que cesen por las amenas liras y canto dicho; las cuales tienen puestas a las tres potencias del alma tan en su punto de efecto, que están tan empleadas en la justa operación que las pertenece, que no sólo no en extremo, pero ni en parte de él participan alguna cosa.

§ 28.7

Pues a todas estas cuatro maneras de afecciones de las cuatro pasiones del ánima conjura también el Amado, haciéndolas cesar y sosegar, por cuanto él da ya a la Esposa caudal en este estado y fuerza y satisfacción en las amenas liras de su suavidad y canto de sirenas de su deleite, para que no sólo no reinen en ella pero ni en algún tanto la puedan dar sinsabor.

§ 28.10

Ya dijimos que las amenas liras significan la suavidad del alma en este estado; porque así como la música de las liras llena el ánimo de suavidad y recreación (de manera que tiene el ánimo tan embebecido y suspenso que le tiene ajenado de penas y sinsabores), así esta suavidad tiene al alma tan en sí que ninguna pena la llega; y por eso conjura a todas las molestias de las potencias y pasiones que cesen por la suavidad.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico espiritual B

§ 19.4

En estas dos canciones pone el Esposo Hijo de Dios al alma Esposa en posesión de paz y tranquilidad, en conformidad de la parte inferior con la superior, limpiándola de todas sus imperfecciones y poniendo en razón las potencias y razones naturales del alma, sosegando todos los demás apetitos, según se contiene en las sobredichas dos canciones, cuyo sentido es el siguiente: primeramente, conjura el Esposo y manda a las inútiles digresiones de la fantasía e imaginativa que de aquí adelante cesen; y también pone en razón a las dos potencias naturales: irascible y concupiscible, que antes algún tanto afligían el alma.

§ 19.4

Demás de esto, conjura y manda a las cuatro pasiones del alma que son: gozo, esperanza, dolor y temor, que ya de aquí adelante estén mitigadas y puestas en razón.

§ 19.5

A las cuales dice el Esposo que las conjura por las amenas liras, etc.; esto es, que pues ya la suavidad y deleite del alma es tan abundante y frecuente que ellas no lo podrán impedir (como antes solían) por no haber llegado a tanto, que cesen sus inquietos vuelos, ímpetus y excesos.

§ 19.7

Y es de notar que no conjura el Esposo aquí a la ira y concupiscencia, porque estas potencias nunca en el alma faltan, sino a los molestos y desordenados actos de ellas significados por los leones, ciervos, gamos saltadores, porque éstos en este estado es necesario que falten.

§ 19.8

A todos estos actos excesivos de lo justo conjura también que cesen por las amenas liras y canto dicho; las cuales tienen puestas a las tres potencias del alma tan en su punto de efecto, que están tan empleadas en la justa operación que las pertenece, que no sólo no en extremo, pero ni aun en parte de él participan alguna cosa.

§ 19.10

Pues a todas estas cuatro maneras de afecciones de las cuatro pasiones del alma conjura también el Amado, haciéndolas cesar y sosegar, por cuanto él da ya a la Esposa caudal en este estado, y fuerza y satisfacción en las amenas liras de su suavidad y canto de sirenas de su deleite, para que no sólo no reinen en ella, pero ni aun en algún tanto la puedan dar sinsabor.

§ 27.3

Porque, pues Dios conjura que no la recuerden de este amor, ¿quién se atreverá y quedará sin reprensión? Al fin, para este fin de amor fuimos criados.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico espiritual CA

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cautelas

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Dichos de luz y amor

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Epistolario

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Grados de Perfecciòn

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    La Subida del Monte Carmelo

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Llama de Amor Viva A

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Llama de Amor Viva B

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Noche Oscura

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Otras del mismo a lo divino

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Que va por super flumina



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